DECRETO N° 1402

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara el reconocimiento oficial y otorgar la denominación política de “NÚCLEO RURAL” a la comunidad conocida como “ATAYIKI CUQUILA”, perteneciente al Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, en términos de lo acordado por el propio Ayuntamiento.

 

Con el entendido que esta resolución sólo proporciona la denominación política, sin otros alcances legales.

 

Se agrega al Decreto No. 108, aprobado el 7 de mayo de 1993, que contiene la División Territorial del Estado de Oaxaca, publicado en el Alcance al No. 20 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 9 de mayo de 1994, el nombre de “ATAYIKI CUQUILA”, al Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, y se le otorga la denominación política de Núcleo Rural, para quedar como sigue:

 

DISTRITO DE TLAXIACO

 

NOMBRE DENOMINACIÓN CATEGORÍA

POLÍTICA ADMINISTRATIVA

Del Municipio 1 …

 

2.- HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO

De la comunidad primera a la trigésima quinta . . .

Atayiki Cuquila Núcleo Rural

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

 

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALON DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 1 de octubre de 2009.

 

 

 

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS.

PRESIDENTE.

RÚBRICA

 

 

DIP. FELIPE REYES ÁLVAREZ.

SECRETARIO.

RÚBRICA

 

 

 

DIP. ISABEL CARMELINA CRUZ SILVA.

SECRETARIA.

RÚBRICA